miércoles, 10 de junio de 2009

Unidad 3: Teorías éticas normativas para los negocios

Pregunta 2

Un problema que se muestra en el caso en el cual se evidencia que Fisher Price atenta contra uno de los derechos de los consumidores finales que es el de recibir un producto en buenas condiciones para el consumo humano, más aun para los bebes y niños que empiezan a crecer y que, de alguna forma, son más indefensos y pueden ser afectados fácilmente por el plomo en los juguetes que comercializaba Fisher Price sin que sus propios padres o clientes de esta marca puedan distinguir el daño que podían causar a sus hijos. En consecuencia, según la teoría de la justicia cada persona o parte involucrada en este caso debe recibir lo que merece por sus actos, por ende Fisher Price tuvo que retirar del mercado todos los juguetes que afectaban a sus consumidores (lo que generó la perdida de fuertes ingresos para la empresa) y también que realice una recolección de los juguetes dañinos vendidos para que sean destruidos y puedan ser reembolsados a los clientes por otro nuevo del mismo valor que el que adquirieron, aunque estos actos no hayan sido directamente realizados por la empresa , puesto que la producción estaba a cargo de una fabrica China, es responsabilidad de la misma responder por las acciones o cometidos de su stakeholder, por medio de procedimientos justos y resultados justos (consecuencias negativas de sus actos) que, en este caso, no premian las acciones tanto de Fisher Price como de la empresa China. Estos derechos del consumidor se respetarían creando en las empresas, contantemente, una conciencia de mejoramiento de la calidad de los procesos de producción, mayor atención a las necesidades de los clientes y conciencia ética de las consecuencias a futuro de sus actos desleales hacia sus grupos de interés y hacia la misma organización.
Otro problema desde el punto de la teoría de la justicia tiene que ver con las represalias que tomo Fisher Price con la empresa China que fabricó los juguetes con alto contenido de plomo, ya que la primera se vio afectada directamente y, según el caso, habiendo dejado indicado la cantidad de plomo que debían tener los juguetes (parámetros de fabricación establecidos) estos fueron violados por el proveedor chino atentando así con el derecho que tenia Fisher Price por medio de un contrato de recibir juguetes en perfecto estado que no atenten contra la salud de sus consumidores y que cumplan los parámetros previamente establecidos. Por tal razón, la empresa Fisher Price demando al proveedor chino y confeso abiertamente de donde es que procedían estos juguetes. Este derecho de una empresa tercearizadora se respetaría por medio de una institución que vele por que los procedimientos de producción de las empresas sean los adecuados y no atenten contra sus clientes y contra los consumidores finales creando así normativas, controlando constantemente las operaciones y haciendo que tomen conciencia de las actividades que debe realizar en beneficio de sus stakeholders.

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